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- Oferta de Empleo Público 2021/2022
- Personal laboral fijo fuera de convenio. OEP 2021/2022/2023
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- Estabilización de empleo temporal en empleo fijo para personal laboral de la AGE en el Imserso
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- Contratación de personal laboral temporal, «Bolsa de Trabajo» 2014
- Selección de personal fuera de convenio. Cobertura temporal
- Concursos de provisión de puestos de trabajo
- COVID-19 y Servicios Sociales
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Preguntas más frecuentes
- ¿Dónde puedo acceder a información sobre las prestaciones y servicios contemplados en la Ley para la Autonomía y Atención a la Dependencia?
- ¿Qué requisitos debo cumplir para participar en el programa de Turismo del Imserso?
- ¿Qué requisitos debo reunir para participar en el programa de Termalismo del Imserso?
- ¿Dónde puedo solicitar la pensión no contributiva por jubilación o por invalidez?
- ¿Puedo solicitar subvenciones personales del Imserso?
- ¿Cómo puedo solicitar el reconocimiento de la condición de personas con discapacidad?
- ¿Dónde puedo informarme sobre Ayudas Técnicas para la autonomía personal?
- ¿Dónde me pueden orientar sobre reformas para la accesibilidad en el hogar?
- ¿Cómo solicitar una publicación del Imserso?
- Enlaces de interés
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- Formación especializada
- Espacios Colaborativos del Imserso
Respuestas
A través del Programa de Termalismo del Imserso el Estado español proporciona a los/las pensionistas que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos, el acceso a precios reducidos a este tipo de establecimientos, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, la mejora de la salud y la prevención de la dependencia.
El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de las personas usuarias del Programa.
El artículo 3 de la Resolución del Imserso de 16 de noviembre de 2021, recoge los requisitos para 2022 de las personas usuarias del Programa:
- Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
- Las personas usuarias de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
- Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
- Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
- Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
- Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a las personas usuarias en el punto segundo.
- También podrán ser personas adjudicatarias de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo a) y b).
Asimismo, podrán ser personas adjudicatarias de plaza, los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación. - Los requisitos establecidos en el punto 2 se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable de la persona usuaria.
- En todo caso, la concesión de plazas está condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
- Solo se podrá disponer de la plaza cuando se tenga conformidad de la misma por parte del Imserso.
jueves, 25 agosto 2022 09:41
miércoles, 27 marzo 2024 14:39