Requisitos e procedementos de admisión

Para acceder a la condición de socio o socia del centro social de mayores se requiere:

  • Haber alcanzado la edad de 60 años.
  • No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni psicopatías susceptibles de alterar la normal convivencia del centro.

De igual modo, pueden obtener esta condición quienes sean cónyuges de las personas que sean socias (con independencia de la edad), que mantendrán en caso de fallecimiento de aquéllas, en tanto no cambien de estado civil.

De forma excepcional, en función de la disponibilidad del local, y por decisión de la Junta de Gobierno puede adquirir la condición de socio/a quien sea titular de pensión o reúna determinadas circunstancias recogidas en el reglamento de régimen interior.

De manera concreta para el ingreso en la unidad de estancias diurnas deberá mediar resolución expresa de la Dirección Territorial del Imserso, accediendo a este servicio como consecuencia del programa individual de atención derivado de la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, o bien por aplicación de baremo, en su caso.

mércores, 16 febreiro 2022 13:12