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Ayudas a las personas afectadas por la talidomida (1950-1985)

Se recoge en este apartado la información más relevante sobre las ayudas a las personas afectadas por talidomida en España en el período 1950-1985. Le recordamos que la solictud de estás ayudas puede realizarla a través de la sede electrónica del Imserso.

Estas ayudas se concederán a aquellas personas que durante el período 1950-1985 sufrieron malformaciones corporales durante el proceso de gestación como consecuencia de la ingestión de la sustancia activa «talidomida» por la madre gestante, y cuyos requisitos, procedimiento para su reconocimiento y abono se regulan en el Real Decreto 574/2023, de 4 de julio.

Conforme al artículo 2 del Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, tendrán derecho a percibir la ayuda aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Haber sufrido malformaciones corporales durante el proceso de gestación, compatibles con las descritas para la talidomida, cuyo origen no pueda ser explicado por otras embriopatías o alteraciones cromosómicas, durante el período 1950-1985.
  2. Que la gestación se haya producido en España.
  3. Que la persona interesada figure inscrita en el Registro Estatal de Enfermedades Raras, gestionado por el Instituto de Salud Carlos III, en virtud del informe de validación positivo emitido por el Comité Científico-Técnico de la Talidomida, acreditativo de lo dispuesto en la letra a).

Conforme al artículo 3 del Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, la ayuda a percibir consistirá en un pago único que será el resultado de multiplicar doce mil euros por cada uno de los puntos porcentuales de discapacidad reconocida a la persona afectada, por los organismos competentes, a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

En todo caso, la percepción de esta ayuda deducirá de su cuantía cualquier otra ayuda o prestación de análoga naturaleza y finalidad a las reguladas en este real decreto que haya podido recibir la persona beneficiaria, procedentes de cualquier administración o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales, y en concreto con las ayudas establecidas en el Real Decreto 1006/2010, de 5 de agosto, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la talidomida en España durante el período 1960-1965.

Las solicitudes se presentarán por las personas interesadas o, en su caso, por quien ostente su representación legal o por la persona que presta medidas de apoyo a la persona interesada con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, en el plazo de tres meses contados a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, en concreto desde el jueves 6 de julio hasta el viernes 6 de octubre de 2023, ambos incluidos y se formalizarán en el modelo oficial que figura como anexo de la citada norma y disponible para su cumplimentación en la sede electrónica del Imserso.

Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección General del Imserso, se podrán presentar en la oficina de asistencia en materia de registro de este Instituto, en la Avda. de la Ilustración s/n, c/v a la c/ Ginzo de Limia, 58, 28029 Madrid.

Asimismo, podrán presentarse por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Imserso; en este caso, las solicitudes estarán disponibles para su cumplimentación en la citada sede electrónica y en esta página web.

Además, se podrán presentar en los registros electrónicos y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido el plazo de presentación previsto en el primer párrafo sin que las personas interesadas, sus representantes legales o las personas que prestan medidas de apoyo a la persona interesada con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica hubieran presentado la correspondiente solicitud, se producirá la caducidad del derecho y su consiguiente extinción.

Las solicitudes se acompañarán de los documentos, originales o copia autenticada, que se detallan en el artículo 6 del citado Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la talidomida en España durante el período 1950-1985.

Para la calificación que permita identificar a la persona interesada como persona que ha sufrido malformaciones corporales durante el proceso de gestación, compatibles con las descritas para la talidomida, será preceptivo el certificado emitido por el Instituto de Salud Carlos III, que acredite que la persona interesada está inscrita en el Registro Estatal de Enfermedades Raras en virtud del informe de validación positivo emitido por el Comité Científico-Técnico de la Talidomida.

En el supuesto de que se haya solicitado la evaluación y se retrase la aportación del certificado por causas ajenas a la persona interesada o, en su caso, a quien ostente su representación legal o a la persona que presta medidas de apoyo a la persona interesada con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, se permitirá la iniciación del procedimiento con la solicitud de evaluación efectuada ante el órgano competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1.h). En este caso, se procederá a la suspensión del plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, durante el tiempo necesario para la incorporación al expediente del certificado emitido por el Instituto de Salud Carlos III.

No obstante, la sentencia del Tribunal Supremo 1113/2024, de fecha 24 de junio de 2024, y la sentencia 1120/2024, de fecha 25 de junio de 2024 (en la redacción de su Fallo tras dictarse auto de rectificación de fecha 9 de julio de 2024), anularon en parte el contenido del citado Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, en concreto los artículos los artículos 2, c); 6.1.h) y 8.2. en la medida en que prevén su aplicación a personas que en el pasado fueron regularmente reconocidas por cualquier Administración como afectados por la talidomida.

Unidad Técnica de valoración de personas afectadas por Talidomida del Instituto de Salud Carlos III.

luns, 11 novembro 2024 19:36