Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica para personas con discapacidad
Este Servicio le permite tramitar, a través del Registro electrónico, su solicitud de asistencia sanitaria y prestación farmacéutica para personas con discapacidad en el ámbito de Ceuta y Melilla.
Código SIA
0022370
Tipo de tramitación
Procedimiento
Denominación del procedimiento
Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica regulada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Objeto
Reconocimiento de la prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica a las personas con discapacidad que, por no desarrollar actividad laboral, no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.
Quién lo puede solicitar
- Ciudadano/a
Plazo de solicitud
Modelaje
Información complementaria del procedimiento
Requisitos
- Estar afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 33%.
- No ser beneficiario, o no tener derecho por edad o cualquier otra circunstancia a prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica a través de un Organismo Público.
- No tener derecho, por cualquier titulo obligatorio o como mejora voluntaria a la asistencia sanitaria del Régimen General o de Regímenes Especiales de la Seguridad Social, ya sea como titular o como beneficiario.
Normativas
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de Integración Social de las personas con Discapacidad.
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOEdel 31 de octubre).
- Ley 3/1997, de 24 de marzo, sobre recuperación automática del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (BOE del 25 de marzo).
- Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
Canales de comunicación e información
- Correo electrónico: buzon@imserso.es
- Página web: Sede Electrónica del Imserso
- Teléfono: +34 912 667 713
Centro directivo
Dirección General del Imserso
Unidad gestora
Direcciones Territoriales de Ceuta y Melilla
Forma de iniciación
Persona interesada
Efecto del Silencio Administrativo
Positivo
Plazo de resolución
6 meses
Notificación
Recursos
Plazo de interposición de recursos
1 mes
Estadísticas
Para acceder a este procedimiento compruebe que los requisitos técnicos necesarios.
Acceso al procedimiento
Este procedimiento se circunscribe al ámbito de actuación del Imserso, en concreto las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla; si no reside en estas ciudades, su solicitud tendrá que tramitarla ante el órgano gestor competente de la Comunidad Autónoma de su domicilio. A través de este servicio podrá solicitar electrónicamente el reconocimiento de esta prestación mediante la cumplimentación previa del documento Formulario de solicitud en formato PDF que deberá descargar desde el detalle de este procedimiento. En este sentido le advertimos que durante el proceso de registro electrónico que inicie deberá adjuntar el citado Formulario así como, en su caso, aquellos ficheros que contengan la documentación requerida o que estime pertinente aportar.
El acceso a este procedimiento se realiza mediante Cl@ve. Si necesita ayuda adicional para utilizar este sistema, puede obtenerla a través de los siguientes medios:
- A través del portal de información de Cl@ve.
- Dejando un mensaje en nuestro Buzón de atención.
viernes, 10 marzo 2023 11:36