Acreditación de centros, servicios y entidades en las ciudades de Ceuta y de Melilla

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Mediante la acreditación el Estado garantiza que los centros, servicios y entidades que atienden a personas en el ámbito de la autonomía personal y la atención a la situación de dependencia cumplen los requisitos y estándares de calidad exigidos en la norma.

Los servicios a los que se refiere la acreditación son los de promoción de la autonomía personal y de atención a personas en situación de dependencia que se detallan en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, así como el de asistencia personal previsto en el artículo 19 de la citada Ley.

La acreditación de los centros, servicios y entidades privadas será requisito imprescindible para realizar el concierto a los efectos de formar parte de la red de centros y servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia y poder atender a personas en situación de dependencia en las ciudades de Ceuta o de Melilla.

Asimismo, los centros, servicios y entidades privadas no concertadas, precisarán de la acreditación administrativa correspondiente, si desean atender, en las ciudades de Ceuta o de Melilla, a personas en situación de dependencia que vayan a percibir la prestación económica vinculada a la adquisición del servicio.

Las solicitudes podrán presentarse a través de la Sede Electrónica del Imserso, en las oficinas de asistencia en materia de registro de las Direcciones Territoriales del Imserso en Ceuta y en Melilla, así como en los registros electrónicos y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La acreditación se otorgará por un periodo de 5 años y estará condicionada al mantenimiento de las condiciones y requisitos que motivaron su concesión y al cumplimiento de las siguientes obligaciones:

  1. Remitir anualmente a la Dirección Territorial del Imserso acreditante, la memoria de actividades del centro o servicio acreditado, incluyendo información referida a todos los condicionantes y requisitos de funcionamiento exigidos para la acreditación.
  2. Informar de forma inmediata de las altas y bajas de las personas usuarias en la prestación de los servicios concertados, o, en su caso, las correspondientes a perceptores de la prestación económica vinculada al servicio, remitiendo mensualmente un informe resumen de dichas altas y bajas y de la disponibilidad de plazas resultante.
  3. Comunicar en el plazo máximo de diez días hábiles desde que se produzcan las variaciones de las plantillas de personal en sus aspectos cuantitativos y cualitativos, que afecten a las ratios y/o a las titulaciones o a las cualificaciones profesionales exigidas o a las prestaciones que integran la cartera de servicios, así como, en su caso, a la obligación de reserva legal de empleo de trabajadores con discapacidad.
  4.  Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la administración.

La acreditación deberá renovarse cada 5 años previa solicitud, que se presentará con una antelación mínima de tres meses respecto a la fecha de expiración de la vigencia de aquélla.

La solicitud deberá ir acompañada de una declaración responsable de la persona titular o representante legal del centro, servicio o entidad privada, en la que manifieste que se mantienen las condiciones y requisitos que motivaron la concesión de la acreditación. La renovación tendrá una vigencia de 5 años.

Modelo de «Declaración responsable» (870 Kb.)Abrir este documento usando ReadSpeaker docReader.

Las Direcciones Territoriales del Imserso de Ceuta y Melilla podrán dictar resolución revocando la acreditación durante su período de vigencia, cuando se produzca modificación o desaparición de las circunstancias o incumplimiento de las condiciones, requisitos y obligaciones requeridas para la acreditación, previa la tramitación del oportuno procedimiento en el que se dará audiencia al interesado.

La revocación de la acreditación llevará aparejada la resolución del concierto o del acuerdo correspondiente.

jueves, 17 noviembre 2022 12:57

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viernes, 29 abril 2022 10:23