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Acreditación de centros, servicios y entidades en las ciudades de Ceuta y de Melilla
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Mediante la acreditación el Estado garantiza que los centros, servicios y entidades que atienden a personas en el ámbito de la autonomía personal y la atención a la situación de dependencia cumplen los requisitos y estándares de calidad exigidos en la norma.
Los servicios a los que se refiere la acreditación son los de promoción de la autonomía personal y de atención a personas en situación de dependencia que se detallan en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, así como el de asistencia personal previsto en el artículo 19 de la citada Ley.
La acreditación de los centros, servicios y entidades privadas será requisito imprescindible para realizar el concierto a los efectos de formar parte de la red de centros y servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia y poder atender a personas en situación de dependencia en las ciudades de Ceuta o de Melilla.
Asimismo, los centros, servicios y entidades privadas no concertadas, precisarán de la acreditación administrativa correspondiente, si desean atender, en las ciudades de Ceuta o de Melilla, a personas en situación de dependencia que vayan a percibir la prestación económica vinculada a la adquisición del servicio.
Las solicitudes podrán presentarse a través de la Sede Electrónica del Imserso, en las oficinas de asistencia en materia de registro de las Direcciones Territoriales del Imserso en Ceuta y en Melilla, así como en los registros electrónicos y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Orden SAS/2287/2010, de 19 de agosto, por la que se regulan los requisitos y el procedimiento para la acreditación de los centros, servicios y entidades privadas concertadas o no, que actúen en el ámbito de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en las ciudades de Ceuta y de Melilla.
- Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Orden SCB/429/2019, de 1 de abril, por la que se modifica la Orden SAS/2287/2010, de 19 de agosto, por la que se regulan los requisitos y el procedimiento para la acreditación de los centros, servicios y entidades privadas, concertadas o no, que actúen en el ámbito de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en las ciudades de Ceuta y de Melilla.
La acreditación se otorgará por un periodo de 5 años y estará condicionada al mantenimiento de las condiciones y requisitos que motivaron su concesión y al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- Remitir anualmente a la Dirección Territorial del Imserso acreditante, la memoria de actividades del centro o servicio acreditado, incluyendo información referida a todos los condicionantes y requisitos de funcionamiento exigidos para la acreditación.
- Informar de forma inmediata de las altas y bajas de las personas usuarias en la prestación de los servicios concertados, o, en su caso, las correspondientes a perceptores de la prestación económica vinculada al servicio, remitiendo mensualmente un informe resumen de dichas altas y bajas y de la disponibilidad de plazas resultante.
- Comunicar en el plazo máximo de diez días hábiles desde que se produzcan las variaciones de las plantillas de personal en sus aspectos cuantitativos y cualitativos, que afecten a las ratios y/o a las titulaciones o a las cualificaciones profesionales exigidas o a las prestaciones que integran la cartera de servicios, así como, en su caso, a la obligación de reserva legal de empleo de trabajadores con discapacidad.
- Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la administración.
La acreditación deberá renovarse cada 5 años previa solicitud, que se presentará con una antelación mínima de tres meses respecto a la fecha de expiración de la vigencia de aquélla.
La solicitud deberá ir acompañada de una declaración responsable de la persona titular o representante legal del centro, servicio o entidad privada, en la que manifieste que se mantienen las condiciones y requisitos que motivaron la concesión de la acreditación. La renovación tendrá una vigencia de 5 años.
Las Direcciones Territoriales del Imserso de Ceuta y Melilla podrán dictar resolución revocando la acreditación durante su período de vigencia, cuando se produzca modificación o desaparición de las circunstancias o incumplimiento de las condiciones, requisitos y obligaciones requeridas para la acreditación, previa la tramitación del oportuno procedimiento en el que se dará audiencia al interesado.
La revocación de la acreditación llevará aparejada la resolución del concierto o del acuerdo correspondiente.
jueves, 17 noviembre 2022 12:57
Avda. de Africa, s/n 51002 Ceuta
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+34 956 522 907
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901 109 899
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+34 956 504 440
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De lunes a viernes (salvo festivos) en horario de 09:00 a 14:00 horas.
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Parada de autobús situada enfrente del edificio de la Dirección Territorial (Cruce del Morro)
sábado, 16 abril 2022 18:03
Querol, 31 52004 Melilla
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+34 952 673 314 +34 952 678 583 +34 952 672 603
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+34 952 672 608
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De lunes a viernes (salvo festivos) en horario de 09:00 a 14:00 horas.
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No existe en la zona.
viernes, 29 abril 2022 10:23