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Processos Selectius
- Grup Professional E2 (TCAE) Resolució 26 09 2025
- Oferta d'Ocupació Pública 2021/2022
- Personal laboral fix fora de conveni. OEP 2021/2022/2023
- Oferta d'Ocupació Pública 2019
- Oferta d'Ocupació Pública 2018
- Estabilització de l'ocupació temporal en fixa per a personal laboral de l'AGE a l'Imserso
- Contractació de personal laboral temporal, «Borsa de Treball» 2017
- Contractació de personal laboral temporal, «Borsa de Treball» 2014
- Selecció de personal fora de conveni. Cobertura temporal
- Concursos de provisió de llocs de treball
- COVID-19 i Serveis Socials
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Preguntes més freqüents
- On puc accedir a informació sobre les prestacions i serveis previstos a la Llei de Promoció de l’Autonomia Personal i Atenció a la Dependència?
- Quins requisits he de complir per participar al programa de Turisme de l’Imserso?
- Quins requisits he de reunir per participar al programa de Termalisme de l’Imserso?
- On puc sol·licitar la pensió no contributiva de jubilació o d’invalidesa?
- Puc sol·licitar subvencions personals de l’Imserso?
- Com puc sol·licitar el reconeixement de la condició de persona amb discapacitat?
- On puc informar-me sobre Ajudes Tècniques per a l’autonomia personal?
- On em poden orientar sobre reformes per a l’accessibilitat a la llar?
- Com sol·licitar una publicació de l’Imserso?
- Enllaços d’interès
- Presència a les xarxes socials
- Formació especialitzada
- Espais col·laboratius de l’Imserso
Quins requisits he de complir per participar al programa de Turisme de l’Imserso?
De conformidad con la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 13 de junio de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo del Imserso para la temporada 2025-2026 -corregidos errores por Resolución de 25 de junio de 2025-, podrán acceder al programa:
- Podrán participar en el Programa de Turismo del Imserso:
- Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español con cincuenta y cinco o más años de edad.
- Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad.
- Ser asegurado o beneficiario del sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años o más años de edad.
- Los españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a) de este artículo.
- Los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
- Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos exigidos en el artículo 4.1.
Asimismo, las personas usuarias podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones individuales que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
- Las personas usuarias de plazas y sus acompañantes, excepto los hijos, deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Las personas usuarias acreditarán al Imserso el cumplimiento de los requisitos establecidos mediante declaración responsable.
- Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
divendres, 22 d’agost 2025 10:27
dimecres, 27 de març 2024 14:39
