Urritasun fisikoa duten pertsonen Arretarako Zentroetako erabiltzaileen eskubideak

Toda persona usuaria del centro tendrá derecho a:

  • Asistir a la Asamblea General y tomar parte en sus debates con voz y voto.
  • En los supuestos de residentes tutelados, podrán asistir sus representantes legales.
  • Participar en los servicios y actividades que se organicen y colaborar con sus conocimientos y experiencia en el desarrollo de los mismos.
  • Formar parte de las comisiones que se constituyan.
  • Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidos para la atención a la persona usuaria en el centro, y en las condiciones recogidas en el Reglamento de régimen interior.
  • Participar como elector/a y elegible en los procesos electorales del centro.
  • Elevar verbalmente o por escrito propuestas relativas a las mejoras de los servicios, tanto a la Junta de Participación como a la dirección del centro.
  • Ausentarse del centro los fines de semana con objeto de potenciar la integración socio-familiar.
  • Ausentarse voluntariamente del centro por un máximo de cuarenta y cinco días al año manteniendo el derecho a la reserva de plaza. La utilización de este derecho requerirá la previa comunicación a la dirección del centro de la fecha de comienzo y duración aproximada de la ausencia, así como informe del equipo multiprofesional.
  • Recibir visitas fuera de las horas de tratamiento e invitar a comer a familiares y amistades, con arreglo a la minuta del día, previo permiso de la dirección en las condiciones recogidas en el Reglamento de régimen interior y abonando las cantidades que para este concepto se señalen.
  • Efectuar salidas sin ayudas del personal del centro, dentro de las horas reguladas en el Reglamento de régimen Interior, y en las condiciones que se establezcan por prescripción facultativa.
  • A la garantía de la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas y todos los demás derechos determinados en los artículos 13 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

asteazkena, 20 apirila 2022 16:04