Comisión Delegada del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

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Se constituye la Comisión Delegada del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, como órgano de trabajo y apoyo al desarrollo de las funciones del Consejo Territorial. Esta Comisión podrá proponer la creación de cuantos Grupos de Trabajo considere necesarios para la preparación, el estudio y desarrollo de las cuestiones sometidas a su conocimiento.

  • Realizar propuestas sobre las materias relacionadas en el artículo 3.3 de este Reglamento para su posterior elevación al Pleno.
  • Preparar las reuniones del Consejo Territorial, para lo que tratará los asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria.
  • Elaborar los trabajos preparatorios para facilitar el desarrollo de las funciones del Consejo Territorial a los que se refiere el artículo 3.3 de este Reglamento.
  • Efectuar el seguimiento y evaluación de las tareas encomendadas a los Grupos de Trabajo constituidos.
  • Realizar el seguimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo Territorial.
  • Analizar temas correspondientes a los puntos del orden del día de las reuniones ordinarias del Consejo Territorial.
  • Cualquier otra que le encomiende el Consejo Territorial, para la realización de estudios, análisis y propuestas.

Estará constituida por la persona titular de la Secretaria de Estado de Derechos Sociales (Presidencia), la persona titular de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Vicepresidencia), y una persona representante de cada Comunidad Autónoma, así como de la Ciudad de Ceuta y de la Ciudad de Melilla, con rango mínimo de Director/a General. Asimismo formarán parte de la Comisión con voz pero sin voto, dos personas representantes de las Entidades Locales, designadas por la Federación Española de Municipios y Provincias, una por cada una de las Diputaciones Forales, una por cada Cabildo insular y una por cada Consell insular.

Las personas que integren la Comisión podrán estar asistidas por quien estimen oportuno, en función de las materias a tratar, y que podrán actuar actuarán con voz pero sin voto.

En los Grupos de Trabajo que se puedan crear podrán incorporarse las personas expertas que resulten convenientes.

La Secretaría de la Comisión será desempeñada por la persona titular de la Subdirección General de Planificación, Ordenación y Evaluación, a quién le corresponderá el apoyo técnico y jurídico, que actuará con voz pero sin voto.

mércores, 14 decembro 2022 11:10